top of page
Buscar
Foto del escritorHERZA ABOGADOS

EL REGIMEN DE VISITAS O DE INTERRELACION FAMILIAR

Actualizado: 25 feb 2023




Para que sirve y quienes pueden pedir un régimen de visitas?


El régimen de visitas o de interrelación familiar consiste en la posibilidad legal que tiene un familiar (abuelo, tío, primo y otros) o bien un amigo cercano de una persona menor de edad de compartir con éste, en razón de que esa interrelación le beneficia. Este derecho para las personas menores de edad, está contenido en los numerales 3, 9 y 18 de la Convención sobre los Derechos del niño, y artículos 2, 56 y 152 del Código de Familia, en donde se indica que debe prevalecer el interés superior del menor, para que se logre el efecto deseado de la interrelación en la personalidad de la persona menor de edad, proveyendo cariño, seguridad y orientación, de allí que se piense que estamos en presencia de un derecho de esa persona menor de edad que necesita -pese a la separación de sus padres- continuar teniendo otros lazos familiares o de amistad que le beneficien integralmente.


Si bien los padres pueden pedir que una autoridad judicial, fije un régimen de visitas en su favor, también lo pueden pedir otros familiares o incluso amigos cercanos de la persona menor de edad, siempre que la persona Juzgadora considere que esa interrelación le va a beneficiar en alguna medida. Los padres pueden oponerse a ello, debiendo ser un Juzgado de Familia, quien finalmente decida si esa oposición tiene algún fundamento o se impone el régimen de visitas, por ser adecuado para la persona menor de edad.


La mejor forma de asegurar un buen resultado es consultando a un experto en Derecho de Familia, para plantear el proceso respectivo o bien la oposición a este.

124 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

留言


bottom of page